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¿Qué es la UPC adicional? | ||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
Es el valor que el cotizante debe pagar por concepto de
Unidad de Pago por Capitación (UPC), por cada uno
de los beneficiarios adicionales que tenga inscritos
en la afiliación al Plan Obligatorio de Salud. Los valores de
UPC Adicional vigentes son:
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(1) Zona especial: Amazonas, Arauca, Casanare, Caquetá, Chocó, Guajira, Guainía,
Guaviare, Meta, Putumayo, Sucre, Vaupés, Vichada y región de Urabá. Excepto las
ciudades de Arauca, Yopal, Florencia.
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(2) Grandes Ciudades y municipios conurbados: Bogotá D.C., Cali, Medellín,
Barranquilla y los municipios conurbados con éstas: Soacha, Bello, Itagüí.
Adicionalmente entran: Armenia, Barrancabermeja, Bucaramanga,Buenaventura,
Buga, Cartago, Cartagena, Cúcuta, Dos Quebradas, Floridablanca, Ibagué,
Manizales, Montería, Neiva, Palmira, Pasto, Pereira, Popayán, Riohacha,
Santa Marta, Sincelejo, Soledad, Tuluá, Valledupar, y Villavicencio.
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